Trabajar en EJA
Los valores corporativos de Compromiso, Eficacia y Calidad de Estudio Jurídico Araúz son la invitación a vivir una filosofía profesional integral. Nuestro talento humano es continuamente capacitado en temas técnicos inherentes a su profesión con un énfasis humano, con el propósito no solamente de formar al profesional si no también al individuo para que asuma su compromiso como agente social de cambio.
Para mantener siempre vigente nuestra filosofía se ha estructurado un Código de Conducta, el cual les presentamos a continuación.
- CÓDIGO DE CONDUCTA E.J.A.
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PRINCIPIOS ÉTICOS Y DEBERES DE NUESTROS ABOGADOS Y COLABORADORES
Estudio Jurídico Araúz considera oportuno y necesario dotar a todos sus Abogados y colaboradores de un manual que establezca los fundamentos y directrices que deben guiar su desempeño profesional, así como las reglas éticas que deben implementar en el cumplimiento de las gestiones asignadas a cada uno de ellos, en complemento de las disposiciones del Código de Ética y Responsabilidad Profesional del Abogado.Todo integrante de Estudio Jurídico Araúz tiene el deber inexcusable de mantener una conducta digna y honorable, y de ejercer su oficio con criterio profesional, en defensa de los mejores intereses de la Firma y sus clientes.
- I. DEFINICIONES Y ALCANCES
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Código de Conducta: Manual de principios y disposiciones de obligatorio cumplimiento, con recomendaciones que ayudan a los miembros de la organización a actuar correctamente.
Abogados y colaboradores: Toda persona contratada temporal o permanentemente por Estudio Jurídico Araúz o sus empresas filiales, ya sea mediante contrato laboral, de servicios profesionales, o pasantías ad-honorem, para prestar servicios en calidad de Abogado, consultor, administrativo, amanuense, mensajería o en funciones de apoyo manual, de forma remunerada o no.
Ética: Conjunto de reglas, principios y modelos de conducta que responden a criterios de corrección y de racionalidad que se identifican con un código de buen gobierno y con los principios morales generalmente aceptados.
Conflicto de Intereses: Relaciones, asociaciones y actividades personales o corporativas que puedan interferir o aparenten interferir con el juicio, independencia, objetividad e imparcialidad en la prestación de los servicios jurídicos.
- II. AMBITO DE APLICACIÓN
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Todos los Abogados y colaboradores que se desempeñen en Estudio Jurídico Araúz y sus empresas filiales, de forma remunerada o no, estarán supeditados a la observancia de todo lo establecido en este Código de Conducta. Las personas que realizan pasantías o prácticas profesionales, en adición a lo anterior, también estarán sujetos a los convenios o acuerdos de cooperación que para tales fines haya suscrito Estudio Jurídico Araúz.
- III. PRINCIPIOS ORIENTADORES DE LOS DEBERES DE LOS ABOGADOS Y COLABORADORES
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Integridad: Actuar con probidad, exteriorizando una conducta honesta que no pueda ser objeto de reproche, y procurando el uso correcto de los recursos de la Firma, evitando cualquier beneficio o ventaja personal.
Prudencia: Actuar con pleno conocimiento de los asuntos sometidos a su gestión, y con la misma diligencia que un buen administrador emplearía para con sus propios bienes. Su conducta debe inspirar confianza en los clientes, tanto en las actuaciones como en la veracidad de las comunicaciones propias de la Firma.
Equidad: Todo Abogado y colaborador de la Firma debe tener permanente disposición y lealtad para el cumplimiento de sus funciones, reconociendo a cada uno lo que le es debido, tanto en sus relaciones con el Estado y sus funcionarios, como con el cliente, sus superiores y subordinados.
Comedimiento: En todo momento se deben desarrollar las funciones y labores con el respeto y la sobriedad que distinguen a los auxiliares de la justicia en el cumplimiento de su deber.
Idoneidad y Capacitación: Deben entenderse como la aptitud técnica y el mejoramiento de los conocimientos y destrezas que faciliten el cumplimiento de los objetivos de la Firma.
Confidencialidad: Debe guardarse reserva y abstenerse de difundir toda información, hechos y asuntos de la Firma y de los clientes, con los límites consagrados por la normativa de prevención de los delitos de blanqueo de capitales y financiamiento del terrorismo. Tampoco deberá utilizarse la información confidencial para beneficio personal.
Igualdad de Trato: Ningún Abogado y colaborador de la Firma debe realizar actos discriminatorios en su relación con los clientes o con sus compañeros de trabajo.
Uso adecuado de los activos de la Firma: Los Abogados y colaboradores deben salvaguardar los bienes de la Firma y utilizar de forma racional aquellos bienes que le fueran asignados para el ejercicio de sus funciones, evitando su abuso, dilapidación o desaprovechamiento. Tampoco pueden emplearlos para uso particular o fines distintos para los que fueron destinados, excluyéndose de tal concepto las actividades que por razones de protocolo o capacitación se deban realizar fuera del horario o lugar habituales de desarrollo de sus funciones.
Solidaridad: Ante situaciones de contingencia, se debe asistir a los colaboradores en la realización de tareas que por sus características no sean las estrictamente relacionadas a un cargo, en caso de que resulte imprescindible para superar dificultades y lograr los objetivos que la Firma persigue.
Debida diligencia: Cada abogado debe cumplir con los requisitos y procedimientos del Manual Conozca a su Cliente, previamente adoptado por Estudio Jurídico Araúz.
Gestión eficiente: Todas las gestiones y transacciones serán anotadas y sustentadas documentalmente en los libros y registros de la Firma utilizando los principios de contabilidad generalmente aceptados.
- IV. CONFLICTO DE INTERESES
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Ante la existencia o posibilidad de un conflicto de intereses, los Abogados y colaboradores deberán revelarlo formalmente a la Administración de la Firma, expresando motivadamente los detalles de la situación.
Estudio Jurídico Araúz no podrá representar a un cliente que tenga un conflicto de intereses con otro cliente de la firma.
- V. DE LAS RELACIONES CON EL GREMIO JURÍDICO
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Estudio Jurídico Araúz no debe permitir que sus servicios profesionales sean utilizados para hacer posible el ejercicio de la abogacía a personas no idóneas para tal ejercicio, sean éstas naturales o jurídicas.
La Firma acepta competir respetando la cordialidad que debe enaltecer la profesión de Abogado, dentro de un marco profesional, ético y de tolerancia a la sana competencia.
Los Abogados y colaboradores se abstendrán de realizar gestiones encaminadas a desplazar o sustituir a un colega en asunto profesional, u ofrecer sus servicios o prestarlos a menor precio, para impedir que se encargue de él otro Abogado. También se abstendrán de propiciar la elusión o el retardo del pago de los honorarios debidos a un colega.



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