
Por: Lic. Pablo Salcedo (Director de Litigios y Asuntos de Familia)
Parece mentira…que una canción tan de moda décadas atrás, sirva de fundamento o punto de partida para ésta glosa. Pero es que es necesario aclarar o hacer énfasis en ella “ LO MIO ES MIO Y NADIE ME LO QUITA”. ¿Qué es lo mío?. Si entramos a desarrollar o a definir qué es lo mío, la mayor parte de las personas manifestaría, estoy seguro, que dirían “Lo que me pertenece”… “Lo que es de mi propiedad” y PROPIEDAD a su vez es, según el Real Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua, el “ Derecho o facultad de poseer alguien algo y poder disponer de ello dentro de los límites legales”.
Ahora bien cuando hablamos de Derecho…siendo una persona de derecho el que les habla, soy sincero al tener que hacer un espacio o paréntesis a también una calidad MORAL al comentar o acceder a ese DERECHO que uno tiene de disponer de algo y ahora hablaré en específico a un caso concreto y es al de las separaciones matrimoniales, en otras palabras, a el DIVORCIO y las connotaciones formales, repartición de bienes, hacer un recordatorio doloroso y en ocasiones, raras ocasiones, de los momentos buenos de aquellos a los que los abogados en ésta difícil tarea, debemos asesorar e intentar ofrecer la mejor opción para éste difícil momento.
Es deber moral del abogado, antes de asesorar al cliente en éstos casos de separaciones matrimoniales, el preguntarle a su cliente si ya ha accedido a las vías de la posible conciliación o arbitraje y si tiene claramente entendido todo lo que implica la separación.
Y ahora les comento el punto al cual quiere referirme…la PROPIEDAD…LOS BIENES…la famosa PARTICIPACIÓN EN LAS GANANCIAS (Artículo 82 del Código de la Familia) de hoy en día…vigente y establecida en el Código de la Familia…y la SEPARACIÓN DE BIENES antes de la entrada en vigencia del actual Código ya comentado. Si bien es cierto, de manera legal y formal, los cónyuges al momento de disolverse el matrimonio, hoy en día, deben entrar en un análisis de los bienes que se han producido dentro del mismo, para dividir los bienes…señores…a lo buen panameño…seamos serios con esto y pongámonos la mano en el corazón como dicen algunos…que pasa en aquellos casos en donde uno de los cónyuges por amor…o lo que sea, pone a nombre del otro la mayor cantidad de los bienes, por la confianza que le tiene, por el afecto…o por lo que sea y al momento de darse la controversia o desacuerdos que los llevan a determinar su decisión de separarse, el cónyuge que tiene a nombre suyo la mayor cantidad de bienes dice… “Ah no…lo que está a nombre mío es mío”.
Ese cónyuge, llámese hombre o mujer, por supuesto que no recuerda los momentos buenos del matrimonio, los momentos de confianza recíproca, cuando iniciaron la gran aventura que, por una u otra forma ahora deciden terminar. Lo que sí recuerda ese cónyuge es que, ahora va a cobrar todas las cosas que el otro, supuestamente le hizo.
Saben que, fuera del contexto legal y como profesional del derecho, me da pena como aquellos que, un día afirmaron quererse, ahora además del trauma de una ruptura…un fracaso recíproco…ah, porque el divorcio, quiéranlo o no los cónyuges, es un fracaso recíproco, desean causarse más daño. Cuando una relación matrimonial termina, es porque ambos cónyuges en algún momento, fallaron.
Pasar la cuenta al momento de terminar la relación y atacar al otro cónyuge de manera económica, no es la mejor recomendación que ofrezco en ese sentido.
Si ambos cónyuges, aportaron de manera objetiva y afectiva al matrimonio, es importante que tengan en cuenta la posibilidad de un acuerdo voluntario que beneficie a ambos y que sea justo, sobre todo justo para los dos y que ese no sea el recuerdo final que se lleve el uno del otro, la venganza.
Cómo abogado que maneja casos de familia, soy del pensar que, las parejas que han tomado la difícil decisión de separarse, deben tomar muy en cuenta, no solo las cosas malas que han llevado a esa decisión, sino también los momentos buenos y acceder a procesos que los desgasten a ambos en los tribunales, si bien es cierto aumenta nuestra actividad como profesionales del derecho y por ende, nuestro cobro de honorarios profesionales, a los próximos a divorciarse los sumerge precisamente en procesos que solo hace crecer una llaga que lo mejor es cerrar de manera positiva y esa manera positiva, mi recomendación, es que sea un acuerdo justo para ambos y si el otro cónyuge puso a nombre de uno la mayor cantidad de los bienes, lo justo tal vez no sería simplemente… “lo mío es lo que está a nombre mío”…sino, lo mío es lo que me corresponde por haber participado de esa gran aventura…que ahora termina.
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