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Datos curiosos sobre estafas “Transnacionales”

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 Por: Lic. Darío A. Sandoval Shaik

 

Las organizaciones criminales se valen de todo tipo de esquemas y recursos tecnológicos para perpetrar estafas minuciosamente elaboradas por correo electrónico, aprovechando actividades y tendencias aparentemente legítimas de mercado.  Ya es mundialmente famosa la llamada estafa nigeriana, también conocida como timo nigeriano o timo 419, pero en esta ocasión me gustaría advertir sobre otro tipo de estafa telemática.

Paso a detallar los elementos, de inicio a fin,  de una estafa que en los últimos años ha estado cobrando auge, y de la cual podrían ser víctimas las empresas dedicadas a cobros, factoring,  e incluso abogados.

Aunque utiliza diversas modalidades, este fraude tiene elementos en común, como a continuación les describo:

Primero: Se inicia mediante una comunicación electrónica no solicitada: un simple y breve correo electrónico de presentación en el cual un supuesto empresario que utiliza nombres de fonética chistosa (Wang Chang, Donald Yui, Donal Chang, y muchos más), en representación de una compañía, supuestamente ubicada en distantes jurisdicciones como Hong Kong,  informa de la necesidad de contratar a una empresa que se encargue del cobro de cuantiosas facturas de clientes internacionales,  con supuestos domicilios en los Estados Unidos de América.

Además hacen énfasis en que necesitan erradicar demoras relacionadas a transacciones monetarias entre Asia y la mayoría de los países occidentales,  argumentando que gran parte de los pagos que hacen sus clientes los realizan en cheques, los cuales tardan de 3 a 4 semanas para hacerse efectivos en sus bancos locales.

He aquí la primera señal de alarma:   Desde cualquier parte del mundo una transferencia bancaria tiene una fecha valor de tres días, razón por la que no tendría ningún sentido aferrarse a seguir percibiendo pagos mediante cheques.

Segundo:   En caso de que el destinatario de la comunicación responda ofreciendo sus servicios de cobranza, el grupo criminal facilita muchas de  las señas propias de una empresa legítima: dirección, sitio web, correo electrónico, números de teléfono, descripción de los productos que vende,  etc.

Segunda señal de alarma:   Si usted implementa un debido conocimiento del potencial cliente, en este caso, el timador, podrá verificar que la dirección física de la empresa es en realidad un mero p.o. box.  Si llama a la persona de contacto, podrá confirmar que se trata de un hombre con marcado acento subsahariano, y no un alto ejecutivo de origen oriental.

Tercero:   Este individuo le facilitará la factura pendiente de cobro, minuciosamente elaborada, e incluso le confirmará que “el deudor” está disponible para efectuar el pago de manera inmediata, por lo que es muy urgente su aceptación para recibir el cheque, por vía courier, en nombre de la empresa deseosa de contratarle.

En caso de aceptación, en muy poco tiempo el clímax del engaño estará a las puertas de su oficina:   Recibirá un jugoso cheque de un reputado banco de Estados Unidos girado a su nombre (o el de su empresa), que resulta ser falso, para que usted  lo deposite a su cuenta y a su vez transfiera el dinero, menos el porcentaje de comisión, a la cuenta suministrada por el estafador.

La falsificación del cheque es hecha con tal grado de precisión que al momento de depositarlo su Banco  podría tener dificultad en calificar su falsedad inmediatamente, sino hasta unos días después, dando suficiente tiempo para que la estratagema  se perfeccione, y usted será el nuevo miembro de la lista de personas que han perdido miles y miles de dólares por no asumir medidas de control recomendadas para detectar este tipo de engaños masivos.

Otra posibilidad es que su banco, adoptando sus mecanismos de verificación  y supliendo aquellos que usted debió aplicar, descubra al instante el ardid y catalogue el cheque como falso, estampándole el sello universalmente utilizado en la banca con letras rojas:  COUNTERFEIT, en cuyo caso el grave riesgo para usted es ser considerado autor de un delito de blanqueo de capitales, que nuestro Código Penal sanciona con penas de cinco a doce años de prisión.

El propósito de este artículo no es que usted se convierta en un avezado perseguidor de estafadores, más bien advertir  la posibilidad de que reciba este tipo de mensajes fraudulentos, y sepa ver las señales básicas de alarma para evitar que sea una víctima.  Con los adecuados controles empresariales y debida diligencia, su patrimonio y reputación estarán mucho más seguros.

 

 

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